- ¿Qué es un fideicomiso?
Un fideicomiso describe la relación legal que se crea cuando una persona traspasa el control de ciertos bienes a una tercera persona. La persona iniciando el traspaso se llama el fideicomitente (“Settlor”), la persona (o las personas) encargada de administrar los bienes se llama el fiduciario o fideicomisario (“Trustee”), y la persona (o las personas) quienes reciben el beneficio de estos bienes son los beneficiarios (“Beneficiaries”).
Las leyes que gobiernan a los fideicomisos se han ido desarrollando desde el tiempo del sistema legal anglosajón. Estas leyes son muy comunes en aquellos países que han adoptado los principios de las leyes inglesas, como los Estados Unidos y muchas jurisdicciones del Caribe.
- “Testamentary Trust” regido por las leyes de la Florida.
En este caso estaremos creando un “Testamentary Trust” en el cual el fideicomitente y el fideicomisario son la misma persona, el cliente, quien por medio del fideicomiso dispone quiénes recibirán los bienes del fideicomiso después de su fallecimiento, en qué momento y bajo qué condiciones. Actúa así la figura como un testamento pero se evita tanto el proceso como el impuesto de sucesión. En caso de incapacidad, se nombra un sucesor para que administre los bienes del fideicomiso para el beneficio del fideicomitente y personas dependientes de esta persona hasta su muerte, quien después procederá a distribuir las acciones según las instrucciones del fideicomiso.
Este fideicomiso se regirá bajo las leyes del Estado de la Florida, las cuales reconocen el fideicomiso testamentario descrito arriba.
Los bienes del fideicomiso serán las acciones de la sociedad “offshore” del cliente. Para finalizar el proceso se redactará una resolución de directores cancelando las acciones existentes y emitiendo un nuevo certificado por el número de acciones que se desea entren en el fideicomiso (ver ejemplo de certificado anexo).
Este tipo de fideicomiso puede es por lo general revocable, lo cual significa que el fideicomitente puede revocar o cambiar el fideicomiso en cualquier momento durante su vida.
- ¿Por qué tener un fideicomiso?
Hay muchas razones por las cuales uno puede decidir establecer un fideicomiso. Este tipo de fideicomiso es especialmente útil para asegurar el paso de los bienes a lo herederos nombrados en el fideicomiso (Beneficiarios). El fideicomiso garantiza que los bienes pasen de una generación a otra sin demoras y como el fideicomitente lo ha determinado. Sin el fideicomiso el traspaso de bienes a los herederos se realiza a través de un testamento, si lo hay, lo cual demora el trámite y requiere un proceso judicial. Si no hay ningún testamento, el traspaso de bienes se realiza bajo las leyes de la jurisdicción de la residencia del difunto a través de un proceso de sucesión. El fideicomiso también asegura que los bienes del fideicomitente se administren en una forma cuidadosa, como el fideicomitente mismo ha establecido.
Un fideicomiso puede ser establecido para el beneficio de un grupo de personas, los Beneficiarios, o para alcanzar algún fin, por ejemplo, como el establecimiento de una institución benéfica.
Por último, dados los cambios en las legislaciones de las jurisdicciones “offshore”, especialmente las Islas Vírgenes Británicas, este fideicomiso es la manera ideal de registrar las acciones que actualmente están emitidas al portador, protegiendo la confidencialidad del cliente.
- ¿Qué se requiere para establecer un fideicomiso?
Hay pocos requisitos para establecer un fideicomiso. El fideicomitente debe traspasar las acciones de la sociedad o sociedades al fideicomiso para comenzar el mismo. Siempre se podrán agregar más bienes al fideicomiso en el futuro. También es necesario que el fideicomitente nombre específicamente quienes serán los beneficiarios. Además, el fideicomitente deberá establecer quién será el fideicomisario sucesor (“Successor Trustee”), quien será la persona (o personas) encargada de supervisar la repartición de las acciones al faltar el fideicomitente. Esta persona también podrá actuar como fiduciario para el beneficio del cliente en caso de incapacidad o de menores de edad, según lo disponga el fideicomitente en el documento. Si el fideicomitente no elige un sucesor, o si esta persona fallece y no hay ninguna cláusula estableciendo su sucesor, la corte que gobierna la jurisdicción del fidecomiso elegirá un nuevo fiduciario.